domingo, 1 de febrero de 2015

CUEST. DERECHO CIVIL I, 3


CUESTIONARIO DE DERECHO CIVIL  I
FACULTAD DE DERECHO, GUATEMALA
DERECHO CIVIL GUATEMALTECO

1- ¿Qué diferencia existe entre separación y divorcio? La principal diferencia consiste en que con la separación subsiste el vinculo conyugal en cambio el efecto propio del divorcio es la disolución del vinculo conyugal, artículos 160 y 161 del Código Civil guatemalteco

2- ¿Cuáles son los efectos civiles comunes de la separación y del divorcio?
a-  La liquidación del patrimonio conyugal;
b- El derecho de alimentos a favor del cónyuge inculpable, en su caso; y
c-La suspensión o pérdida de la patria potestad, cuando la causal de separación o divorcio la lleve consigo y haya petición expresa de parte interesada.    Artículo 159 del Código Civil guatemalteco

 3- ¿Cuáles son los efectos propios de la separación?
a- la subsistencia del vínculo conyugal
b- El derecho del cónyuge inculpable, a la sucesión intestada del otro cónyuge; y
c- El derecho de la mujer de continuar usando el apellido del marido, artículo 160 del Código Civil guatemalteco


4- ¿Cómo pueden ser declarados la separación y el divorcio? Por mutuo acuerdo y por causa determinada

5- ¿Cuántas clases de parentesco reconoce nuestro Código Civil?
a- Parentesco de afinidad,
b- parentesco Civil y
c- Parentesco de consanguinidad, artículo 190-192 del Código Civil guatemalteco

6- ¿Qué es el parentesco de afinidad? Es el vínculo que une a un cónyuge con el otro y sus respectivos parientes consanguíneos, artículo 192 del Código Civil guatemalteco


7- ¿Qué es el parentesco civil? Es el vínculo que nace de la adopción y solo existe entre el adoptante y el adoptado, artículo 190 del Código Civil guatemalteco

8- ¿Qué es el parentesco de consanguinidad? Es el vínculo que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor, artículo 191 del Código Civil guatemalteco

9- ¿Son parientes los cónyuges? Sí, pero no forman grado, articulo 190 del Código Civil guatemalteco

10- ¿Cuándo procede declarar la unión de hecho? Cuando exista hogar y la vida en común se haya mantenido constantemente por más de 3 años ante sus familiares y relaciones sociales, cumpliendo los fines de procreación, alimentación y educación de los hijos y de auxilio reciproco, artículo 173 del Código Civil guatemalteco

11- ¿Cómo se hace constar la unión de hecho? En acta que levantara el alcalde o en escritura pública o acta notarial si fuere requerido un notario, artículo 174 del Código Civil guatemalteco

 12- ¿En qué casos puede solicitarse el reconocimiento judicial de la unión de hecho? Por oposición o por haber muerto una de las partes, artículo 178 del Código Civil guatemalteco

13- ¿En qué se diferencia el matrimonio de la unión de hecho? La diferencia principal estriba en que el matrimonio es un acto constitutivo y la unión de hecho es un acto declarativo

14- ¿Cuáles son los puntos que deben incluirse en el proyecto de convenio en caso de separación o divorcio de mutuo acuerdo?

1º.        A quién quedan confiados los hijos habidos en el matrimonio;

2o.       Por cuenta de quién de los cónyuges deberán ser alimentados y educados los       hijos, y cuando esta obligación pese sobre ambos cónyuges, en qué        proporción contribuirá cada uno de ellos;

3o.       Qué pensión deberá pagar el marido a la mujer si ésta no tiene rentas      propias que basten para cubrir sus necesidades; y

4o.       Garantía que se preste para el cumplimiento de las obligaciones que por el          convenio contraigan los cónyuges. Artículo 163 del Código Civil guatemalteco

15- ¿Cuáles son las  clases de filiación reconoce nuestro código civil?
a- Matrimonial,
b- Cuasimatrimonial,            
c- Extramatrimonial y
d- Civil o adoptiva.

16- ¿Qué es el reconocimiento? Es un acto declarativo de la paternidad

 17- ¿Cuáles son las clases de reconocimiento que reconoce el Código Civil guatemalteco? Reconocimiento voluntario y judicial, artículo 227.

18- ¿Cuáles son las formas de reconocimiento voluntario que reconoce nuestro código civil?
1o.       En la partida de nacimiento, por comparecencia ante el registrador civil;
2o.       Por acta especial ante el mismo registrador;
3o.       Por escritura pública;
4o.       Por testamento; y
5o.       Por confesión judicial, artículo 211 del Código Civil guatemalteco

19- ¿Qué sucede si el reconocimiento se hizo por testamento y este último es revocado?  Persiste el reconocimiento, artículo  212 del Código Civil guatemalteco

20- ¿Qué es filiación cuasi matrimonial? Es la relación existente entre los padres y el  hijo nacido dentro de la unión de hecho debidamente declarada y registrada.

21- ¿Qué es filiación civil? Es la relación entre el adoptante y el adoptado

22- ¿A qué se llama posesión notoria de estado? Se llama así cuando al hijo lo único que le falta es que su calidad sea declarada y conste en el  Registro Nacional de las Personas.

23- ¿Qué numero de decreto contiene la Ley de Adopciones? El Decreto Número 77-2007

24- ¿Qué es la adopción? Es la institución social de protección y de orden público tutelada por el Estado, por la cual una persona toma como hijo propio al hijo biológico de otra persona.

25-  ¿Qué es el adoptante?  Es la persona que por medio de los procedimientos legales adopta una persona hijo de otra, con la finalidad de otorgarle todos los derechos y beneficios que nuestra Constitución Política otorga a los hijos biológicos.

26 - ¿Cuáles son los principios fundamentales que forman  la adopción?
a- Tutelaridad y Protección
b- Interés superior del niño
c- De discreción y Reserva

27- ¿Cuántas clases de adopción regula la ley de la materia? Nacional  e Internacional

28- ¿Qué es la adopción nacional?  Es aquella en la que adoptante y adoptado son residentes legales habituales en Guatemala.

29- ¿Qué es la adopción internacional? Es  Aquella en la que un niño con residencia legal en Guatemala va a ser trasladado a un país de recepción.

30- ¿Qué es la tutela? Es el poder que la ley, los padres o el juez, confieren a una persona para cuidar a un menor no sujeto a patria potestad o a un mayor declarado en estado de interdicción.

31- ¿Cuáles son los sujetos de la tutela?
a- Tutor, 
b- Protutor y
c-  Pupilo.

32- ¿Cuál es la función del protutor? Es el encargado de intervenir en la tutela para garantizar su recto ejercicio.

33- ¿Cuáles son las clases de tutela regula nuestro código civil?
a-  Testamentaria, 
b- Legitima y 
c- Judicial

34- ¿Qué es tutela legitima? Es la que se da a los parientes  que reúnan las mejores condiciones de conocimiento y familiaridad con el menor, solvencia, idoneidad y preparación que constituyan una garantía para el desempeño satisfactorio  en el orden establecido por la ley.

35- ¿Qué es tutela testamentaria? Es la que  se instituye por testamento, por el padre o la madre sobreviviente, para los hijos que estén bajo su patria potestad; por el abuelo o la abuela, para los nietos que estén sujetos a su tutela legitima; por cualquier testador, para el que instituya heredero o legatario, si éste careciere de tutor nombrado por el padre o la madre y de tutor legítimo; y por el adoptante que designe heredero o legatario o su hijo adoptivo.

36- ¿Qué es tutela judicial? Es la que  procede por nombramiento del juez competente, cuando no haya tutor testamentario ni legítimo.

37- ¿Qué es tutela legal? Es la que ejercen Los directores o superiores de los establecimientos de asistencia social, que acojan menores o incapacitados, son tutores y representantes legales de los mismos, desde el momento de su ingreso, y su cargo no necesita discernimiento.

38- ¿Qué es  patria potestad? Es el conjunto de obligaciones de los padres hacia los hijos menores o declarados en estado de interdicción, la cual puede ser ejercida por ambos padres o aquel con quien se encuentren dichos hijos.

39- ¿Qué diferencia existe entre la patria potestad   de Roma y la patria potestad de la actualidad? En la Patria potestad de Roma el padre tenía el supremo poder sobre los hijos y sus bienes  mientras que en la patria potestad de la actualidad es más que todo una función concedida por ley al padre y a la madre para el debido cuidado y orientación de los hijos y para la correcta administración de los bienes de estos.

40- ¿Qué comprende la denominación alimentos, según el Código Civil guatemalteco? Todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también la educación e instrucción del alimentista, cuando es menor de edad, artículo 278.


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